miércoles, 19 de marzo de 2014

Buscan regular cumplimiento de las señales de tránsito

El Concejo Municipal de La Paz aprobó ayer por unanimidad la Minuta de Comunicación, donde recomienda al ejecutivo municipal de La Paz instruya a la Dirección de Gobernabilidad y a la Dirección Especial de Movilidad, Transporte y Vialidad para que el peatón pueda circular con seguridad por los pasos de cebras.

El vicepresidente del Concejo Municipal de La Paz, Guillermo Mendoza, informó que se aprobó una minuta donde recomienda al alcalde Luis Revilla instruir a la Dirección de Gobernabilidad, en el marco de sus competencias, Personal de la Guardia Municipal de Transporte en la intersección de las calles Federico Zuazo, esquina Batallón Colorados del municipio de La Paz, con la finalidad de controlar el cumplimiento de las señales de tránsito (semáforos, pasos de cebra, estacionamiento y otros) por parte de los conductores de vehículos tanto públicos como privados resguardando así la integridad física de los peatones que transitan por el lugar, especialmente niños, niñas y adulto mayores.

En el tratamiento, Guillermo Mendoza argumentó de las futuras acciones con el fin de resguardar la integridad física de las personas, basado en la Ley de Transporte, donde establece que el peatón siempre tiene la preferencia, asimismo, enfatizó de la importancia, que personas de la Guardia Municipal se haga presente en intersección sobre todo en horarios pico, de salida de los estudiantes del Colegio Don Bosco. Se establece, en la Ley de Transporte, Art. 51 (Derechos del Peatón).

Todo peatón en el municipio de La Paz tiene los siguientes derechos: Circular en espacios públicos exclusivos que garanticen su seguridad y libre circulación y que no estén aislados sino incorporados en el espacio público de tránsito cotidiano.

Además del derecho preferente de paso sobre los vehículos motorizados en la red vial, respetando la señalización y las reglas de circulación; a transitar en un medioambiente saludable y gozar del espacio público, bajo condiciones que protejan la salud de las personas, su bienestar psicológico y físico.

También a solicitar el cumplimiento y a denunciar a los conductores de vehículos motorizados en caso de que los mismos no cumplan, ni respeten los dispositivos de control de tránsito como semáforos, así como el respeto al paso del peatón o cebra y los derechos consignados en la presente ley.

Los menores de edad, adulto mayor o personas con discapacidad física y/o sensorial gozarán de consideración por parte de los conductores de vehículos motorizados, quienes deberán ceder paso a los mismos en los correspondientes pasos peatonales.

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